Las preguntas que esta herramienta te plantea
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¿Cuál describe mejor lo que se transfiere en la transacción?
La ASC 860-10-40-5 aplica la contabilidad de ventas sólo a una transferencia de un activo financiero completo, un grupo de activos financieros completos o una participación en un activo financiero completo. Identifique primero la unidad de cuenta: una transferencia de una parte debe pasar la prueba de participación antes de que se evalúen las condiciones de venta, y los elementos que no son activos financieros reconocidos quedan completamente fuera del modelo de baja en cuentas de la ASC 860 (consulte la guía de alcance en la ASC 860-10-15).
La ASC 860-10-40-5 aplica la contabilidad de ventas sólo a una transferencia de un activo financiero completo, un grupo de activos financieros completos o una participación en un activo financiero completo. Identifique primero la unidad de cuenta: una transferencia de una parte debe pasar la prueba de participación antes de que se evalúen las condiciones de venta, y los elementos que no son activos financieros reconocidos quedan completamente fuera del modelo de baja en cuentas de la ASC 860 (consulte la guía de alcance en la ASC 860-10-15).
Orientación oficial: Codificación de Normas de Contabilidad de la FASB
¿Qué estado describe mejor el flujo de efectivo y los términos de prioridad de la porción transferida?
Una porción transferida de un activo financiero es elegible para evaluación de venta solo si es un interés de participación según la ASC 860-10-40-6A: un interés de propiedad proporcional en un activo financiero completo, participación prorrateada de todos los flujos de efectivo de todo el activo, igual prioridad entre todos los tenedores sin ningún recurso más allá de las representaciones y garantías estándar, y ningún derecho de ninguna parte a pignorar o intercambiar el activo completo sin el consentimiento de todos los tenedores. Las participaciones LIFO, las desgravaciones de intereses únicamente y las divisiones subordinadas senior no pasan esta prueba, independientemente de cómo se etiquete el acuerdo.
Una porción transferida de un activo financiero es elegible para evaluación de venta solo si es un interés de participación según la ASC 860-10-40-6A: un interés de propiedad proporcional en un activo financiero completo, participación prorrateada de todos los flujos de efectivo de todo el activo, igual prioridad entre todos los tenedores sin ningún recurso más allá de las representaciones y garantías estándar, y ningún derecho de ninguna parte a pignorar o intercambiar el activo completo sin el consentimiento de todos los tenedores. Las participaciones LIFO, las desgravaciones de intereses únicamente y las divisiones subordinadas senior no pasan esta prueba, independientemente de cómo se etiquete el acuerdo.
Orientación oficial: Codificación de Normas de Contabilidad de la FASB
¿Los activos transferidos han sido legalmente aislados del cedente - presuntamente fuera del alcance del cedente, sus filiales consolidadas y sus acreedores, incluso en caso de quiebra u otra administración judicial?
El aislamiento legal según la ASC 860-10-40-5(a) es un juicio legal realizado en el contexto de la posible quiebra o administración judicial del cedente, considerando al cedente junto con sus afiliadas consolidadas incluidas en los estados financieros. La prueba habitual es una opinión de venta verdadera y razonada del abogado; Las titulizaciones en dos etapas también dependen de una opinión de no consolidación para la entidad de propósito especial. Las entidades sujetas a la FDIC u otros regímenes de administración judicial no concursales evalúan el aislamiento bajo esos regímenes, y el recurso total o las garantías excesivas del vendedor pueden socavar la verdadera conclusión de la venta.
El aislamiento legal según la ASC 860-10-40-5(a) es un juicio legal realizado en el contexto de la posible quiebra o administración judicial del cedente, considerando al cedente junto con sus afiliadas consolidadas incluidas en los estados financieros. La prueba habitual es una opinión de venta verdadera y razonada del abogado; Las titulizaciones en dos etapas también dependen de una opinión de no consolidación para la entidad de propósito especial. Las entidades sujetas a la FDIC u otros regímenes de administración judicial no concursales evalúan el aislamiento bajo esos regímenes, y el recurso total o las garantías excesivas del vendedor pueden socavar la verdadera conclusión de la venta.
Orientación oficial: Codificación de Normas de Contabilidad de la FASB
¿Tiene cada cesionario (o, si el cesionario es una entidad de titulización, cada tercero tenedor de sus intereses beneficiarios) derecho a pignorar o intercambiar lo que recibió, libre de cualquier condición que lo limite y proporcione más que un beneficio trivial al cedente?
La condición (b) de la ASC 860-10-40-5 analiza entidades cuyo único propósito es participar en actividades de titulización o financiamiento respaldado por activos: para esos cesionarios, la prueba se aplica a los terceros tenedores de los intereses beneficiarios en lugar de a la entidad misma. Una restricción no cumple la condición sólo si están presentes dos elementos: limita la capacidad práctica del tenedor para pignorar o intercambiar y proporciona al cedente un beneficio más que trivial. Documente cada restricción contractual y evalúe los dos elementos por separado.
La condición (b) de la ASC 860-10-40-5 analiza entidades cuyo único propósito es participar en actividades de titulización o financiamiento respaldado por activos: para esos cesionarios, la prueba se aplica a los terceros tenedores de los intereses beneficiarios en lugar de a la entidad misma. Una restricción no cumple la condición sólo si están presentes dos elementos: limita la capacidad práctica del tenedor para pignorar o intercambiar y proporciona al cedente un beneficio más que trivial. Documente cada restricción contractual y evalúe los dos elementos por separado.
Orientación oficial: Codificación de Normas de Contabilidad de la FASB
¿El cedente mantiene el control efectivo a través de un derecho unilateral a reclamar activos transferidos específicos (distinto de una llamada de limpieza), o a través de una venta del cesionario con un precio tan favorable que su ejercicio es probable?
El control efectivo bajo la ASC 860-10-40-5(c) se extiende más allá de los acuerdos de recompra: una capacidad unilateral para hacer que el tenedor devuelva activos financieros transferidos específicos, que no sea a través de una llamada de limpieza como se define en el glosario de la ASC 860-10, impide la contabilidad de la venta, al igual que un acuerdo que permite al cesionario exigir la recompra a un precio tan favorable que el ejercicio sea probable. Evaluar las disposiciones de eliminación de cuentas individualmente según la guía de implementación contenida en la ASC 860-10-55; Las disposiciones ejercitables únicamente en caso de incumplimiento o cancelación de un tercero generalmente no excluyen la venta porque el transmitente no puede activarlas unilateralmente.
El control efectivo bajo la ASC 860-10-40-5(c) se extiende más allá de los acuerdos de recompra: una capacidad unilateral para hacer que el tenedor devuelva activos financieros transferidos específicos, que no sea a través de una llamada de limpieza como se define en el glosario de la ASC 860-10, impide la contabilidad de la venta, al igual que un acuerdo que permite al cesionario exigir la recompra a un precio tan favorable que el ejercicio sea probable. Evaluar las disposiciones de eliminación de cuentas individualmente según la guía de implementación contenida en la ASC 860-10-55; Las disposiciones ejercitables únicamente en caso de incumplimiento o cancelación de un tercero generalmente no excluyen la venta porque el transmitente no puede activarlas unilateralmente.
Orientación oficial: Codificación de Normas de Contabilidad de la FASB
¿El acuerdo da derecho y obliga al cedente a recomprar o rescatar, antes del vencimiento, activos que sean iguales o sustancialmente iguales, a un precio fijo o determinable, en virtud de un contrato celebrado simultáneamente con la transferencia (o es una transacción de recompra hasta el vencimiento)?
Un acuerdo que da derecho y obliga al transferente a recomprar los activos financieros transferidos antes de su vencimiento mantiene un control efectivo cuando los activos son iguales o sustancialmente iguales, el precio de recompra es fijo o determinable y el acuerdo se celebró simultáneamente con la transferencia (ASC 860-10-40-22A a 40-24). Según la ASU 2014-11, las transacciones de recompra hasta el vencimiento también se contabilizan como préstamos garantizados. Si no se mantiene un control efectivo a través de los términos de recompra, la transferencia aún debe cumplir las tres condiciones de la ASC 860-10-40-5 para ser una venta, así que continúe con las preguntas restantes.
Un acuerdo que da derecho y obliga al transferente a recomprar los activos financieros transferidos antes de su vencimiento mantiene un control efectivo cuando los activos son iguales o sustancialmente iguales, el precio de recompra es fijo o determinable y el acuerdo se celebró simultáneamente con la transferencia (ASC 860-10-40-22A a 40-24). Según la ASU 2014-11, las transacciones de recompra hasta el vencimiento también se contabilizan como préstamos garantizados. Si no se mantiene un control efectivo a través de los términos de recompra, la transferencia aún debe cumplir las tres condiciones de la ASC 860-10-40-5 para ser una venta, así que continúe con las preguntas restantes.
Orientación oficial: Codificación de Normas de Contabilidad de la FASB
Después de la venta, ¿qué participación continua mantiene el cedente con los activos financieros transferidos?
Al completarse una transferencia que satisface las tres condiciones de la ASC 860-10-40-5, el transferente da de baja los activos transferidos, reconoce todos los activos obtenidos y los pasivos incurridos como ingresos inicialmente medidos a valor razonable y registra la ganancia o pérdida resultante (ASC 860-20-25-1). La participación continua no impide la contabilidad de la venta una vez que se cumplen las condiciones, pero cada elemento (servicios retenidos, intereses beneficiarios, recurso) debe identificarse, medirse y revelarse por separado. Haga un inventario de todas las formas de participación continua antes de calcular la ganancia o pérdida.
Al completarse una transferencia que satisface las tres condiciones de la ASC 860-10-40-5, el transferente da de baja los activos transferidos, reconoce todos los activos obtenidos y los pasivos incurridos como ingresos inicialmente medidos a valor razonable y registra la ganancia o pérdida resultante (ASC 860-20-25-1). La participación continua no impide la contabilidad de la venta una vez que se cumplen las condiciones, pero cada elemento (servicios retenidos, intereses beneficiarios, recurso) debe identificarse, medirse y revelarse por separado. Haga un inventario de todas las formas de participación continua antes de calcular la ganancia o pérdida.
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