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IFRS 8 Divulgación de Segmentos Operativos

Este verificador gratuito y guiado lleva a tu equipo de finanzas por los puntos de decisión clave de IFRS 8 Divulgación de Segmentos Operativos. Responde unas preguntas para ver el tratamiento probable y la evidencia a documentar.

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Revisado el 30 de junio de 2026Preparado por Financial Connect, contadores públicos y consultores

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Las preguntas que esta herramienta te plantea

Esto es lo que pregunta la herramienta y por qué importa cada paso. ¿Prefieres hablarlo? Contáctanos y te ayudamos directamente.

¿Los estados financieros consolidados de la entidad corresponden al ámbito IFRS 8?

La NIIF 8.2 se aplica a los estados financieros consolidados de un grupo cuya matriz tiene instrumentos de deuda o de capital negociados en un mercado público, o que presenta (o está en proceso de presentar) estados financieros ante una comisión de valores para emitir instrumentos públicamente. La divulgación voluntaria que no cumple con la NIIF 8 no puede describirse como información segmentada (NIIF 8.3). Confirme el estado del mercado público antes de descartar la entidad.

La NIIF 8.2 se aplica a los estados financieros consolidados de un grupo cuya matriz tiene instrumentos de deuda o de capital negociados en un mercado público, o que presenta (o está en proceso de presentar) estados financieros ante una comisión de valores para emitir instrumentos públicamente. La divulgación voluntaria que no cumple con la NIIF 8 no puede describirse como información segmentada (NIIF 8.3). Confirme el estado del mercado público antes de descartar la entidad.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Ha identificado la administración componentes para los que se dispone de información financiera discreta?

Un segmento operativo debe ser un componente para el cual esté disponible información financiera discreta (NIIF 8.5(c)) y cuyos resultados el jefe de toma de decisiones operativas revise periódicamente. Identifique segmentos de los informes internos que el CODM realmente utiliza, no de una estructura externa ficticia. Un error común es diseñar segmentos de arriba hacia abajo para que coincidan con el grupo legal en lugar de con la visión de la administración.

Un segmento operativo debe ser un componente para el cual esté disponible información financiera discreta (NIIF 8.5(c)) y cuyos resultados el jefe de toma de decisiones operativas revise periódicamente. Identifique segmentos de los informes internos que el CODM realmente utiliza, no de una estructura externa ficticia. Un error común es diseñar segmentos de arriba hacia abajo para que coincidan con el grupo legal en lugar de con la visión de la administración.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Utiliza la información de los componentes para asignar recursos el principal responsable de las decisiones operativas?

La NIIF 8.5(b) requiere que los resultados operativos de un segmento sean revisados ​​periódicamente por el principal responsable de la toma de decisiones operativas para asignar recursos y evaluar el desempeño. El CODM es una función, no un título (NIIF 8.7): a menudo el director ejecutivo o un comité ejecutivo. Identifique quién realmente toma decisiones sobre la asignación de recursos y qué información utiliza.

La NIIF 8.5(b) requiere que los resultados operativos de un segmento sean revisados ​​periódicamente por el principal responsable de la toma de decisiones operativas para asignar recursos y evaluar el desempeño. El CODM es una función, no un título (NIIF 8.7): a menudo el director ejecutivo o un comité ejecutivo. Identifique quién realmente toma decisiones sobre la asignación de recursos y qué información utiliza.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿El examen del MDL separa los resultados financieros para evaluar el desempeño de los segmentos?

Se deben cumplir ambas partes de la NIIF 8.5(b): el CODM asigna recursos al segmento y revisa sus resultados para evaluar el desempeño. Un segmento puede obtener ingresos e incurrir en gastos, incluidas transacciones entre segmentos y costos centrales asignados, siempre que el CODM los revise periódicamente. Cuando el CODM no revisa un componente por separado, agréguelo hasta que se cumplan los criterios.

Se deben cumplir ambas partes de la NIIF 8.5(b): el CODM asigna recursos al segmento y revisa sus resultados para evaluar el desempeño. Un segmento puede obtener ingresos e incurrir en gastos, incluidas transacciones entre segmentos y costos centrales asignados, siempre que el CODM los revise periódicamente. Cuando el CODM no revisa un componente por separado, agréguelo hasta que se cumplan los criterios.

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¿Algún segmento operativo cumple el umbral cuantitativo del 10 por ciento para ingresos, ganancias o activos?

Un segmento es reportable si cumple cualquiera de los umbrales cuantitativos de la NIIF 8.13: ingresos (externos más entre segmentos) al menos el 10 por ciento de los ingresos combinados; ganancia o pérdida absoluta de al menos el 10 por ciento de la mayor entre la ganancia combinada de los segmentos rentables o la pérdida combinada de los segmentos deficitarios; o activos de al menos el 10 por ciento de los activos del segmento combinado. Pruebe las tres: cumplir cualquier prueba hace que el segmento sea reportable.

Un segmento es reportable si cumple cualquiera de los umbrales cuantitativos de la NIIF 8.13: ingresos (externos más entre segmentos) al menos el 10 por ciento de los ingresos combinados; ganancia o pérdida absoluta de al menos el 10 por ciento de la mayor entre la ganancia combinada de los segmentos rentables o la pérdida combinada de los segmentos deficitarios; o activos de al menos el 10 por ciento de los activos del segmento combinado. Pruebe las tres: cumplir cualquier prueba hace que el segmento sea reportable.

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¿La combinación de segmentos dejaría segmentos reportables por debajo del 75% de los ingresos externos?

La NIIF 8.15 requiere que si los ingresos externos totales de los segmentos reportables son menos del 75 por ciento de los ingresos de la entidad, se identifiquen segmentos operativos adicionales como reportables - incluso si no cumplen con las pruebas del 10 por ciento - hasta que se incluya al menos el 75 por ciento. Los segmentos restantes se combinan en una categoría de 'todos los demás segmentos' (NIIF 8.16). Realice un seguimiento de la cobertura de ingresos externos después de aplicar las pruebas del 10 por ciento.

La NIIF 8.15 requiere que si los ingresos externos totales de los segmentos reportables son menos del 75 por ciento de los ingresos de la entidad, se identifiquen segmentos operativos adicionales como reportables - incluso si no cumplen con las pruebas del 10 por ciento - hasta que se incluya al menos el 75 por ciento. Los segmentos restantes se combinan en una categoría de 'todos los demás segmentos' (NIIF 8.16). Realice un seguimiento de la cobertura de ingresos externos después de aplicar las pruebas del 10 por ciento.

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¿Dos o más segmentos operativos comparten características económicas similares y cumplen los criterios de agregación?

La NIIF 8.12 permite agregar dos o más segmentos operativos en uno solo si la agregación es consistente con el principio básico, los segmentos tienen características económicas similares y son similares en cada uno de cinco aspectos: naturaleza de los productos o servicios, naturaleza de los procesos de producción, tipo o clase de cliente, métodos de distribución y, cuando corresponda, la naturaleza del entorno regulatorio. La agregación es opcional y crítica; la agregación excesiva que oscurece la visión CODM es un desafío común.

La NIIF 8.12 permite agregar dos o más segmentos operativos en uno solo si la agregación es consistente con el principio básico, los segmentos tienen características económicas similares y son similares en cada uno de cinco aspectos: naturaleza de los productos o servicios, naturaleza de los procesos de producción, tipo o clase de cliente, métodos de distribución y, cuando corresponda, la naturaleza del entorno regulatorio. La agregación es opcional y crítica; la agregación excesiva que oscurece la visión CODM es un desafío común.

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¿Se ha documentado la conclusión de la agregación con pruebas de similitud económica?

Debido a que la agregación según la NIIF 8.12 es opcional y puede cambiar materialmente la nota del segmento, documente por qué los segmentos combinados son económicamente similares en cada uno de los cinco criterios antes de presentarlos como un segmento reportable y revele el juicio según la NIIF 8.22(aa). Conservar la visión CODM del negocio como corroboración. La agregación indocumentada es un área frecuente de atención de las auditorías y los reguladores.

Debido a que la agregación según la NIIF 8.12 es opcional y puede cambiar materialmente la nota del segmento, documente por qué los segmentos combinados son económicamente similares en cada uno de los cinco criterios antes de presentarlos como un segmento reportable y revele el juicio según la NIIF 8.22(aa). Conservar la visión CODM del negocio como corroboración. La agregación indocumentada es un área frecuente de atención de las auditorías y los reguladores.

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¿Se han conciliado las cantidades de segmentos reportables con los totales consolidados?

La NIIF 8.28 requiere conciliaciones de los totales de los ingresos del segmento, la ganancia o pérdida reportada del segmento, los activos del segmento, los pasivos del segmento y otras partidas importantes del segmento con los montos correspondientes de la entidad, identificando y describiendo por separado las partidas de conciliación importantes. Realice la conciliación sobre la misma base de medición que utiliza el CODM y luego puentee con los montos IFRS. Las partidas de conciliación inexplicables son una deficiencia común.

La NIIF 8.28 requiere conciliaciones de los totales de los ingresos del segmento, la ganancia o pérdida reportada del segmento, los activos del segmento, los pasivos del segmento y otras partidas importantes del segmento con los montos correspondientes de la entidad, identificando y describiendo por separado las partidas de conciliación importantes. Realice la conciliación sobre la misma base de medición que utiliza el CODM y luego puentee con los montos IFRS. Las partidas de conciliación inexplicables son una deficiencia común.

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¿Es la medida de ganancia de segmento o pérdida de la misma métrica que el CODM utiliza internamente?

La NIIF 8.25 requiere que el monto reportado para cada elemento del segmento sea la medida reportada al principal tomador de decisiones operativas, incluso si no es una medida NIIF. La NIIF 8.27 requiere una explicación de cómo se miden las ganancias o pérdidas, los activos y los pasivos del segmento, incluida la base de contabilización de las transacciones entre segmentos y cualquier asignación asimétrica. No fuerce la medida del segmento sobre una base NIIF; divulgar la medida CODM y conciliarla.

La NIIF 8.25 requiere que el monto reportado para cada elemento del segmento sea la medida reportada al principal tomador de decisiones operativas, incluso si no es una medida NIIF. La NIIF 8.27 requiere una explicación de cómo se miden las ganancias o pérdidas, los activos y los pasivos del segmento, incluida la base de contabilización de las transacciones entre segmentos y cualquier asignación asimétrica. No fuerce la medida del segmento sobre una base NIIF; divulgar la medida CODM y conciliarla.

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¿Se han preparado revelaciones en toda la entidad para productos, geografía y clientes importantes?

Se requieren revelaciones a nivel de toda la entidad para todas las entidades dentro de la NIIF 8, incluso aquellas con un solo segmento reportable: ingresos de clientes externos para cada producto o servicio (NIIF 8.32), e ingresos de clientes externos y activos no corrientes divididos entre el país de domicilio y todos los países extranjeros (NIIF 8.33). Se basan en la información financiera utilizada para preparar los estados financieros, no en las medidas CODM. Omitirlos para entidades de un solo segmento es un error común.

Se requieren revelaciones a nivel de toda la entidad para todas las entidades dentro de la NIIF 8, incluso aquellas con un solo segmento reportable: ingresos de clientes externos para cada producto o servicio (NIIF 8.32), e ingresos de clientes externos y activos no corrientes divididos entre el país de domicilio y todos los países extranjeros (NIIF 8.33). Se basan en la información financiera utilizada para preparar los estados financieros, no en las medidas CODM. Omitirlos para entidades de un solo segmento es un error común.

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¿Tiene alguna cuenta de cliente externo para 10 por ciento o más de ingresos de entidad?

La NIIF 8.34 requiere la divulgación de la dependencia de los principales clientes: si los ingresos de un solo cliente externo son el 10 por ciento o más de los ingresos totales, revele ese hecho, el monto total de cada uno de esos clientes y la identidad del segmento o segmentos que informan los ingresos. No es necesario nombrar al cliente y un grupo de entidades bajo control común se trata como un solo cliente. Pruebe la concentración en los ingresos externos, no entre segmentos.

La NIIF 8.34 requiere la divulgación de la dependencia de los principales clientes: si los ingresos de un solo cliente externo son el 10 por ciento o más de los ingresos totales, revele ese hecho, el monto total de cada uno de esos clientes y la identidad del segmento o segmentos que informan los ingresos. No es necesario nombrar al cliente y un grupo de entidades bajo control común se trata como un solo cliente. Pruebe la concentración en los ingresos externos, no entre segmentos.

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