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IFRS 2 Disposiciones de pago basadas en grupos compartidos

Este verificador gratuito y guiado lleva a tu equipo de finanzas por los puntos de decisión clave de IFRS 2 Disposiciones de pago basadas en grupos compartidos. Responde unas preguntas para ver el tratamiento probable y la evidencia a documentar.

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Revisado el 30 de junio de 2026Preparado por Financial Connect, contadores públicos y consultores

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Las preguntas que esta herramienta te plantea

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¿Una entidad de grupo concede sus instrumentos de patrimonio a los empleados de otra entidad de grupo?

La NIIF 2.3A incluye transacciones en las que la entidad que recibe los bienes o servicios no es la entidad que liquida la recompensa (normalmente una controladora que otorga sus acciones u opciones a los empleados de una subsidiaria). En estados financieros separados o individuales, la entidad receptora y la entidad liquidadora pueden contabilizar la misma adjudicación de manera diferente (NIIF 2.43A). Mapee quién recibe los servicios, qué instrumentos de patrimonio se otorgan y quién está obligado a liquidar antes de aplicar las reglas de clasificación de la NIIF 2.43B-43C.

La NIIF 2.3A incluye transacciones en las que la entidad que recibe los bienes o servicios no es la entidad que liquida la recompensa (normalmente una controladora que otorga sus acciones u opciones a los empleados de una subsidiaria). En estados financieros separados o individuales, la entidad receptora y la entidad liquidadora pueden contabilizar la misma adjudicación de manera diferente (NIIF 2.43A). Mapee quién recibe los servicios, qué instrumentos de patrimonio se otorgan y quién está obligado a liquidar antes de aplicar las reglas de clasificación de la NIIF 2.43B-43C.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Ha identificado la entidad receptora si tiene la obligación de liquidar el laudo en efectivo u otros activos?

En sus estados financieros separados, la entidad receptora clasifica la transacción evaluando la naturaleza de las adjudicaciones otorgadas y sus propios derechos y obligaciones (NIIF 2.43A). Mide los servicios como liquidados con instrumentos de patrimonio sólo cuando las adjudicaciones son instrumentos de su propio patrimonio o no tiene obligación de liquidar la transacción; en todas las demás circunstancias aplica la contabilidad liquidada en efectivo (NIIF 2.43B). Lea las reglas del plan y cualquier acuerdo entre compañías para establecer qué entidad legal asume la obligación de liquidación; una recarga intragrupo por sí sola no crea una (NIIF 2.43D).

En sus estados financieros separados, la entidad receptora clasifica la transacción evaluando la naturaleza de las adjudicaciones otorgadas y sus propios derechos y obligaciones (NIIF 2.43A). Mide los servicios como liquidados con instrumentos de patrimonio sólo cuando las adjudicaciones son instrumentos de su propio patrimonio o no tiene obligación de liquidar la transacción; en todas las demás circunstancias aplica la contabilidad liquidada en efectivo (NIIF 2.43B). Lea las reglas del plan y cualquier acuerdo entre compañías para establecer qué entidad legal asume la obligación de liquidación; una recarga intragrupo por sí sola no crea una (NIIF 2.43D).

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿El premio está condicionado a la patrimonio en los estados financieros separados de la entidad receptora?

La NIIF 2.43B permite el tratamiento liquidado con patrimonio en la entidad receptora sólo en dos casos: las recompensas otorgadas son sus propios instrumentos de patrimonio, o no tiene obligación de liquidar el pago basado en acciones. Cuando la controladora otorga capital directamente a los empleados de la subsidiaria y la subsidiaria no tiene obligación de liquidación, la subsidiaria mide los servicios al valor razonable en la fecha de concesión como liquidados con patrimonio, remedindo posteriormente solo por cambios en las condiciones de adquisición de derechos no de mercado. Cualquier obligación de la subsidiaria de entregar efectivo con base en el precio de las acciones de la controladora obliga a un tratamiento liquidado en efectivo en sus cuentas separadas.

La NIIF 2.43B permite el tratamiento liquidado con patrimonio en la entidad receptora sólo en dos casos: las recompensas otorgadas son sus propios instrumentos de patrimonio, o no tiene obligación de liquidar el pago basado en acciones. Cuando la controladora otorga capital directamente a los empleados de la subsidiaria y la subsidiaria no tiene obligación de liquidación, la subsidiaria mide los servicios al valor razonable en la fecha de concesión como liquidados con patrimonio, remedindo posteriormente solo por cambios en las condiciones de adquisición de derechos no de mercado. Cualquier obligación de la subsidiaria de entregar efectivo con base en el precio de las acciones de la controladora obliga a un tratamiento liquidado en efectivo en sus cuentas separadas.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Ha reconocido la entidad receptora los servicios recibidos con un crédito a la patrimonio como contribución de capital?

Para una adjudicación grupal liquidada con patrimonio, la entidad receptora reconoce los servicios al valor razonable de los instrumentos en la fecha de concesión con un aumento correspondiente en el patrimonio tratado como una contribución de capital de la entidad otorgante (NIIF 2.43B y la guía de aplicación grupal en NIIF 2.B45-B61). El crédito de capital es independiente de cualquier recarga entre compañías, que es una transacción distinta según la NIIF 2.43D. Registrar el crédito como una cuenta por pagar clasifica erróneamente el patrimonio y, si se vuelve a medir el saldo, importa la volatilidad liquidada en efectivo que la NIIF 2.43B no permite.

Para una adjudicación grupal liquidada con patrimonio, la entidad receptora reconoce los servicios al valor razonable de los instrumentos en la fecha de concesión con un aumento correspondiente en el patrimonio tratado como una contribución de capital de la entidad otorgante (NIIF 2.43B y la guía de aplicación grupal en NIIF 2.B45-B61). El crédito de capital es independiente de cualquier recarga entre compañías, que es una transacción distinta según la NIIF 2.43D. Registrar el crédito como una cuenta por pagar clasifica erróneamente el patrimonio y, si se vuelve a medir el saldo, importa la volatilidad liquidada en efectivo que la NIIF 2.43B no permite.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Ha reconocido el otorgamiento de la entidad matriz el laudo como una solución de patrimonio en sus propios estados financieros?

La NIIF 2.43C requiere que la entidad que liquida un pago basado en acciones del grupo lo clasifique como liquidado con patrimonio sólo si la liquidación se realiza en sus propios instrumentos de patrimonio; Por lo tanto, una matriz que otorga sus propias acciones u opciones a los empleados de la subsidiaria contabiliza la concesión como liquidada con instrumentos de patrimonio en sus estados financieros separados. En la práctica, la matriz debita su inversión en la filial (como contribución de capital realizada) y acredita el capital durante el período de adquisición de derechos. Omitir la entrada de la matriz deja los estados financieros separados del grupo fuera de equilibrio con el crédito de contribución de capital de la subsidiaria.

La NIIF 2.43C requiere que la entidad que liquida un pago basado en acciones del grupo lo clasifique como liquidado con patrimonio sólo si la liquidación se realiza en sus propios instrumentos de patrimonio; Por lo tanto, una matriz que otorga sus propias acciones u opciones a los empleados de la subsidiaria contabiliza la concesión como liquidada con instrumentos de patrimonio en sus estados financieros separados. En la práctica, la matriz debita su inversión en la filial (como contribución de capital realizada) y acredita el capital durante el período de adquisición de derechos. Omitir la entrada de la matriz deja los estados financieros separados del grupo fuera de equilibrio con el crédito de contribución de capital de la subsidiaria.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Hay un acuerdo de recarga entre las empresas entre las entidades otorgantes y las entidades receptoras?

Algunos acuerdos grupales incluyen una obligación de reembolso que requiere que la entidad receptora pague a la entidad otorgante por los instrumentos de patrimonio proporcionados; La NIIF 2.43D requiere que la entidad receptora contabilice el pago basado en acciones según la NIIF 2.43B independientemente de ese acuerdo de pago intragrupo. Por lo tanto, la recarga es una transacción separada (comúnmente tratada como una distribución o una reducción del aporte de capital) y no convierte una adjudicación liquidada con acciones en una liquidada en efectivo. Revise el acuerdo de recarga para conocer el momento (en el momento de la concesión, la adquisición de derechos o el ejercicio) y la base (valor razonable en la fecha de concesión versus valor intrínseco en el ejercicio), que impulsan las entradas entre compañías.

Algunos acuerdos grupales incluyen una obligación de reembolso que requiere que la entidad receptora pague a la entidad otorgante por los instrumentos de patrimonio proporcionados; La NIIF 2.43D requiere que la entidad receptora contabilice el pago basado en acciones según la NIIF 2.43B independientemente de ese acuerdo de pago intragrupo. Por lo tanto, la recarga es una transacción separada (comúnmente tratada como una distribución o una reducción del aporte de capital) y no convierte una adjudicación liquidada con acciones en una liquidada en efectivo. Revise el acuerdo de recarga para conocer el momento (en el momento de la concesión, la adquisición de derechos o el ejercicio) y la base (valor razonable en la fecha de concesión versus valor intrínseco en el ejercicio), que impulsan las entradas entre compañías.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Se ha registrado la recarga como un crédito interempresaria y pagadero separado de la entrada de la IFRS 2 de capital?

Debido a que la NIIF 2.43D mantiene la clasificación de la adjudicación independiente del acuerdo de pago, la recarga se reconoce como una transacción intercompañía separada: una cuenta por cobrar en la entidad otorgante y una deuda por pagar en la entidad receptora, y la entidad receptora comúnmente reduce el patrimonio (la contribución de capital) a medida que se acumula la recarga. No ejecute la recarga a través del estado de resultados por segunda vez: el gasto NIIF 2 ya se reconoce a partir de los servicios recibidos. Alinear la acumulación de recarga con el desencadenante del acuerdo (adquisición o ejercicio) y documentar el tratamiento de cualquier exceso de recarga sobre el gasto del valor razonable en la fecha de concesión.

Debido a que la NIIF 2.43D mantiene la clasificación de la adjudicación independiente del acuerdo de pago, la recarga se reconoce como una transacción intercompañía separada: una cuenta por cobrar en la entidad otorgante y una deuda por pagar en la entidad receptora, y la entidad receptora comúnmente reduce el patrimonio (la contribución de capital) a medida que se acumula la recarga. No ejecute la recarga a través del estado de resultados por segunda vez: el gasto NIIF 2 ya se reconoce a partir de los servicios recibidos. Alinear la acumulación de recarga con el desencadenante del acuerdo (adquisición o ejercicio) y documentar el tratamiento de cualquier exceso de recarga sobre el gasto del valor razonable en la fecha de concesión.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Ha reconocido la entidad receptora con una obligación de liquidación en efectivo una responsabilidad remedida a un valor razonable?

Cuando la entidad receptora tiene la obligación de liquidar en efectivo u otros activos, incluidos pagos en efectivo indexados al precio de las acciones de la controladora, la NIIF 2.43B requiere una contabilidad liquidada en efectivo: reconocer un pasivo al valor razonable de la obligación y volver a medirlo en cada fecha de presentación de informes y en el momento de la liquidación, con cambios en la ganancia o pérdida (NIIF 2.30, NIIF 2.33). Esto puede producir un gasto diferente en los estados financieros separados de la subsidiaria del que el grupo reconoce en la consolidación, lo que la NIIF 2.43A reconoce explícitamente. Realice un seguimiento del pasivo por subvención para que se puedan auditar la remedición y los efectos entre empresas.

Cuando la entidad receptora tiene la obligación de liquidar en efectivo u otros activos, incluidos pagos en efectivo indexados al precio de las acciones de la controladora, la NIIF 2.43B requiere una contabilidad liquidada en efectivo: reconocer un pasivo al valor razonable de la obligación y volver a medirlo en cada fecha de presentación de informes y en el momento de la liquidación, con cambios en la ganancia o pérdida (NIIF 2.30, NIIF 2.33). Esto puede producir un gasto diferente en los estados financieros separados de la subsidiaria del que el grupo reconoce en la consolidación, lo que la NIIF 2.43A reconoce explícitamente. Realice un seguimiento del pasivo por subvención para que se puedan auditar la remedición y los efectos entre empresas.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Han eliminado los saldos de pagos compartidos entre empresas?

Desde la perspectiva del grupo, existe un único pago basado en acciones liquidado con patrimonio: los estados financieros consolidados reconocen el gasto total al valor razonable en la fecha de concesión con un crédito al patrimonio, mientras que las recargas intragrupo de cuentas por cobrar y por pagar y las entradas de contribución de capital de la matriz-subsidiaria se eliminan por completo (NIIF 10.B86(c)). Demostrar que el gasto consolidado es igual a la suma de los servicios recibidos en todo el grupo y que no queda ningún saldo de pagos basados ​​en acciones entre compañías. Las diferencias entre la medición liquidada en efectivo de una entidad separada y la medición liquidada mediante instrumentos de patrimonio del grupo también se revierten a través de los ajustes de consolidación (NIIF 2.43A).

Desde la perspectiva del grupo, existe un único pago basado en acciones liquidado con patrimonio: los estados financieros consolidados reconocen el gasto total al valor razonable en la fecha de concesión con un crédito al patrimonio, mientras que las recargas intragrupo de cuentas por cobrar y por pagar y las entradas de contribución de capital de la matriz-subsidiaria se eliminan por completo (NIIF 10.B86(c)). Demostrar que el gasto consolidado es igual a la suma de los servicios recibidos en todo el grupo y que no queda ningún saldo de pagos basados ​​en acciones entre compañías. Las diferencias entre la medición liquidada en efectivo de una entidad separada y la medición liquidada mediante instrumentos de patrimonio del grupo también se revierten a través de los ajustes de consolidación (NIIF 2.43A).

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Se ha preparado una matriz de entrada de grupo-versus-entidad que muestra una contabilidad separada y consolidada?

Debido a que la misma adjudicación puede liquidarse con patrimonio en los estados financieros separados de una entidad y liquidarse en efectivo en los de otra (NIIF 2.43A-43C), una matriz de entrada de tres columnas (entidad otorgante, entidad receptora, consolidada) es el documento de trabajo que demuestra que cada libro mayor aplica el modelo correcto. Incluir el aporte de capital, la recarga, el análisis de liquidación-obligaciones y las eliminaciones, y conciliar cada columna con el libro mayor respectivo. Esta matriz también alimenta las auditorías legales de la filial, donde con frecuencia se cuestiona el tratamiento de entidad separada.

Debido a que la misma adjudicación puede liquidarse con patrimonio en los estados financieros separados de una entidad y liquidarse en efectivo en los de otra (NIIF 2.43A-43C), una matriz de entrada de tres columnas (entidad otorgante, entidad receptora, consolidada) es el documento de trabajo que demuestra que cada libro mayor aplica el modelo correcto. Incluir el aporte de capital, la recarga, el análisis de liquidación-obligaciones y las eliminaciones, y conciliar cada columna con el libro mayor respectivo. Esta matriz también alimenta las auditorías legales de la filial, donde con frecuencia se cuestiona el tratamiento de entidad separada.

Orientación oficial: Normas IFRS emitidas

¿Se divulgan los arreglos de pago basados en la participación de grupos y los efectos relacionados con las partes?

Las NIIF 2.44-45 requieren que cada entidad que presente estados financieros describa los acuerdos en los que participa, incluidas las condiciones de consolidación y liquidación, y las NIIF 2.50-51 requieren que se reconozca el gasto. En los estados financieros separados de la subsidiaria, el aporte de capital de la controladora y cualquier recarga son transacciones con partes relacionadas que requieren revelación de la naturaleza, montos y saldos según la NIC 24.18-19. Verifique que las notas del grupo y de la entidad cuenten una historia consistente: los reguladores comparan la nota de parte relacionada de la subsidiaria con la nota de pago basado en acciones de la matriz.

Las NIIF 2.44-45 requieren que cada entidad que presente estados financieros describa los acuerdos en los que participa, incluidas las condiciones de consolidación y liquidación, y las NIIF 2.50-51 requieren que se reconozca el gasto. En los estados financieros separados de la subsidiaria, el aporte de capital de la controladora y cualquier recarga son transacciones con partes relacionadas que requieren revelación de la naturaleza, montos y saldos según la NIC 24.18-19. Verifique que las notas del grupo y de la entidad cuenten una historia consistente: los reguladores comparan la nota de parte relacionada de la subsidiaria con la nota de pago basado en acciones de la matriz.

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